La Justicia de Entre Ríos confirmó la sentencia a 10 años y 6 meses de prisión efectiva a César Manuel Torres, un hombre oriundo de Bovril de 45 años que violó a una niña -cuyos datos de preservan- desde que esta tuvo 8 años hasta los 14.
Torres fue condenado el 11 de mayo de 2018 por un Tribunal colegiado integrado por Rafael Martín Cotorruelo, Cristina Lia Van Dembroucke (hoy jubilada), y Daniel Julián Malatesta. Tras varias apelaciones, el fallo finalmente quedó firme.
Cuatro años después, el 24 de mayo de este año, la Oficina de Gestión de Audiencias del Poder Judicial dio a conocer la parte resolutiva de la sentencia de primera instancia. “I) Declarar a César Manuel Torres, de las demás condiciones personales consignadas en autos, autor material y responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual gravemente ultrajante reiterado y calificado por la situación de convivencia preexistente en calidad de autor, figura prevista en los arts. 55, 119 -según texto vigente al momento de los hechos- párrafos segundo, tercero y cuarto inciso f) del Código Penal y condenarlo a la pena de diez (10) años y seis (6) meses de prisión de cumplimiento efectivo con más las accesorias de ley -arts. 5, 12, 40, 41 y concs. del Catálogo Punitivo", dice la resolución.
Según registró La Sexta, el Tribunal cosignó que "el vencimiento de la pena impuesta, como asimismo de la inhabilitación, es el 29 de septiembre de 2032".
El hecho por el que fue condenado Torres, decía: "Que no pudiendo ser determinada con precisión la fecha, pero desde que la menorX - actualmente de 17 años de edad- contaba con ocho años, y hasta que cumplió los catorce -es decir, entre los años 2007 a 2012-, procedió la persona identificada como César Manuel Torres en la finca X de la localidad de Bovril, a abusar sexualmente de la misma en reiteradas oportunidades. Estos actos se perpetraron en horas de la noche, mientras la madre de la menor X concurría al colegio nocturno".
Torres apeló la condena a través de los defensores oficiales Mariana Montefiori y Gaspar Reca; y en la instancia de Casación intervino el defensor oficial Luis Pedemonte. Los funcionarios judiciales pidieron que se anule el fallo y se disponga la realización de un nuevo juicio, aduciendo que "la sentencia contiene una valoración arbitraria de la prueba producida, en franca violación a las reglas de la 'sana crítica'". En tanto, el fiscal Facundo Barbosa se opuso a la anulación de la misma.
CONDENA CONFIRMADA
El 30 de octubre de 2019, la Cámara de Casación Penal de Paraná -integrada por los jueces Marcela Davite, Marcela Badano y Hugo Perotti- rechazó los planteos defensivos y confirmó la condena. En un fragmento del extenso fallo al que accedió La Sexta, se indicó que "del análisis de la prueba que trasunta el fallo cuestionado, cumple acabadamente con las exigencias de motivación y de valoración racional de la prueba, en un todo de acuerdo con los lineamientos que fijáramos en el punto VI- a), por lo que no merece reparo alguno en esta instancia. El vocal de primer voto, al que adhirieron sus colegas, no ha hecho una valoración aparente de la prueba, como lo sostienen los defensores, ni se ha limitado a una trascripción, sino que ha sopesado la prueba que tenía ante sí, y su concordancia".
El 21 de febrero de 2020 la misma Cámara de Casación rechazó un recurso del defensor oficial para llevar el caso ante la Sala Penal del Superior Tribuanl de Justicia.
Ante esa negativa, el defensor oficial interpuso un recurso de queja directamente ante la Sala Penal del STJ -integrada por los vocales Daniel Carubia, Claudia Mizawak y Miguel Ángel Giorgio-. Los magistrados fueron contundentes al rechazar el recurso, dejando así firme la condena de Torres. "El quejoso no logra formular una crítica clara a los fundamentos en que se apoya el pronunciamiento denegatorio de la impugnación extraordinaria que pretende revertir", sentenciaron y agregaron que "la Defensa no aporta argumentos susceptibles de descalificar las razones invocadas por la Cámara de Casación ni demostrar el error de la denegatoria en crisis; lo que implica un insalvable obstáculo para abordarla por esta Alzada".