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Un pleito judicial entre un dirigente gremial y el municipio de Piedras Blancas llegó al Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, que debe definir qué juzgado es competente para intervenir. El caso en cuestión es el que involucra a Sergio Fabián Fritzler, delegado de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), quien presentó una acción de reinstalación sindical laboral contra el municipio.

Lo que sucedió se encuentra resumido en la presentación ante el juez Civil, Comercial y Laboral de La Paz, Diego Rodríguez. Allí, el gremialista relató que el 27 de junio de 2019, el entonces intendente César Weisheim (Juntos por el Cambio) firmó el decreto Nº 026 por el cual lo designó en planta permanente, en la categoría 4; y que el 23 de diciembre de ese año, cuando asumió la gestión de Fabricio Mesquida (PJ), éste firmó un nuevo decreto -Nº 085- que dejó sin efecto su pase a planta.

Según las resoluciones a las que accedió La Sexta, los abogados del dirigente presentaron un recurso para que se revoque el decreto del intendente aduciendo que Fritzler fue designado delegado gremial de UPCN y que "al momento de tomarse la medida antes mencionada se encontraba con mandato vigente" situación que lo colocaría "dentro de la Tutela Sindical contenida por el artículo 48 de la Ley de Asociaciones Sindicales".

A su tiempo, el municipio solicitó que la acción sea rechazada por cuanto entendió que la controversia debe ventilarse en el ámbito contencioso administrativo y no en un juzgado laboral. Además, planteó que la designación del dirigente en la planta permanente "es un acto administrativo que contraría las obligaciones asumidas por la Municipalidad de Piedras Blancas relacionadas con la Ley Nacional Nº 25.917 de Responsabilidad Fiscal a la que la Municipalidad adhirió mediante Ordenanza Nº 110/2017, en el marco de la Ley Provincial Nº 10480".

A su vez, el municipio sostuvo que Fritzler "no contaba con la antiguedad anual en su relación con la Municipalidad de Piedras Blancas para ser designado delegado gremial con el beneficio de la tutela sindical ahora reclamada".

Por su parte, el fiscal de La Paz, Oscar Sobko, se expidió a favor del municipio, puesto que entendió que "la cuestión planteada es materia netamente administrativa" y que corresponde remitir las actuaciones a la Cámara Contencioso Administrativo Nº 1 de Paraná.

El 12 de mayo de 2020, el juez Civil, Comercial y Laboral de La Paz hizo lugar a la incompetencia planteada por el municipio y elevó el expediente a la Cámara antes mencionada.

Sin embargo, el 5 de noviembre la Cámara Contencioso Administrativo de la capital entrerriana también se declaró incompetente para entender en el pleito. La resolución fue firmada por los vocales Marcelo Baridón, Hugo Rubén Gonzalez Elías y Gisela Schumacher.

Tras declarar la incompetencia, elevaron lel expediente al Superior Tribunal de Justicia en pleno, "a fin de que dirima la contienda negativa de competencia suscitada".

Según pudo averiguar La Sexta en los Tribunales de Paraná, desde el 26 de noviembre del año pasado que el caso está "a despacho" para ser analizado por los vocales del máximo tribunal provincial. Los magistrados no definirán sobre la cuestión de fondo -el reclamo por el pase a planta- sino qué ámbito es competente para actuar: si el juzgado laboral o la Cámara Contencioso Administrativo. 

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