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El Gobierno de Entre Ríos sumó un nuevo frente judicial: la Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Paraná declaró el viernes la inconstitucionalidad de los decretos que dispusieron aumentos salariales mediante sumas “no remunerativas”, y la Fiscalía de Estado ya anticipó que apelará las sentencias.

Se trata de tres fallos -ante el reclamo de jubilados del Senado- y abre una nueva disputa en los tribunales para la administración provincial, que ya enfrenta un amparo colectivo promovido por padres, AGMER y la ONG Cauce por los desayunos y meriendas escolares, proceso en el que se encuentra cuestionada la contratación de la empresa Teknofood.

En este nuevo conflicto, el tribunal analizó los decretos N° 537/26 GOB y N° 017/26 HCS, mediante los cuales el Poder Ejecutivo y el Senado provincial otorgaron incrementos sin aportes a la seguridad social. La Cámara consideró que las medidas vulneraron el artículo 82, inciso d), de la Constitución de Entre Ríos, que establece la obligatoriedad de realizar aportes sobre los incrementos salariales.

La Provincia, sin embargo, sostiene que las sumas cuestionadas tienen carácter extraordinario, no remunerativo y no bonificable, y que fueron acordadas en el ámbito paritario. Por eso, desde la Fiscalía de Estado confirmaron que la semana próxima presentarán el recurso de apelación para que el planteo sea revisado por el tribunal de alzada.

EL ESTADO APELA LOS FALLOS

En declaraciones al programa Puro Cuento (Radio Plaza 94.7), Martín Rettore explicó la posición de la Provincia frente a estos reclamos iniciados por un grupo de jubilados. Rettore defendió la legalidad del Decreto 537, señalando que "cumple con todas las formalidades de un acto administrativo y por ende goza de las características de ejecutoriedad". Desde la Fiscalía de Estado se argumentan tres puntos clave para sostener la constitucionalidad de la medida.

En primero lugar, Rettore diferenció estas sumas de los aumentos salariales ordinarios, afirmando que se trata de "sumas no remunerativas, no bonificables y extraordinarias", cuya distinción principal radica en la falta de "habitualidad en la percepción".

En según término, subrayó que la medida se fundamenta en un "criterio de austeridad económica" y en la "responsabilidad fiscal que le compete al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo de cuidar sus recursos".

En tercer lugar, señaló que un punto central de la defensa es que el decreto cuestionado fue "discutido en un ámbito paritario donde estuvieron sentados los gremios", lográndose un acuerdo para establecer estas sumas bajo tales condiciones. Finalmente, Rettore señaló que la apelación busca que el organismo de alzada analice estos fundamentos, reiterando que los accionantes no habían agotado la vía administrativa de impugnación previa antes de recurrir a la justicia.

RESOLUCIÓN DE LA CÁMARA

La Cámara en lo Contencioso Administrativa ordenó a la administración provincial proyectar y transferir a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, en el plazo de treinta días hábiles, los importes correspondientes a los aportes y contribuciones generados por la aplicación del Decreto N° 537/26 y el Decreto N°017/26 y dispuso que la Caja de Jubilaciones y Pensiones traslade a los actores el faltante para alcanzar el 82% y/o 75% -según se trate de jubilados o pensionados- del incremento percibido por el personal en actividad. Los tres fallos, fueron en los caratulados: “Suárez Rodolfo Rafael y otros c/ Estado Provincial s/ acción de inconstitucionalidad”, Expte. N° 3201; “Uzin María Veronica, Leone Silvia Teresita, Gaillard Eva Beatriz, Benitez Nélida Ester y Otros c/ Estado Provincial por actos emanados de la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia s/ acción de inconstitucionalidad”, Expte. N°3142 y “Mierez Horacio Marcos y Otros c/ Estado Provincial s/ acción de inconstitucionalidad (con medida cautelar), Expte. N°3150.

 

Fuente: Radio Plaza - Análisis



                                                                     

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