El Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (IAFAS) aclaró que la agencia de lotería N°582, cuyo titular es el intendente de Piedras Blancas, Julio César Weisheim (Cambiemos), no viola el reglamento del organismo donde se expresa que un empleado de la administración nacional, provincial o local no puede explotar una agencia.
El revuelo se generó tras una nota del sitio Informe Digital que informó este jueves por la noche que la agencia N° 582, donde un apostador compró el boleto millonario sorteado en el Quini 6, es explotada por el intendente de Piedras Blancas, Julio César Weisheim y que esa situación violaría el artículo 17 parte II inciso g) del “Reglamento General de Agencias Oficiales”. Sin embargo, en un comunicado difundido por IAFAS este medidodía, se aclaró que "la agencia se encuentra trabajando en el marco legal contemplado por el Reglamento General de Agencias Oficiales (RGAO), desde el inicio de su actividad en el año 1991".
En cuanto al artículo del reglamento mencionado, el organismo aclaró que el mismo no alcanza al intendente ya que la disposición se lo prohíbe sólo a empleados públicos: "Si bien el artículo 17 Segunda Parte del RGAO fija en su inciso g) que: “no podrán ser designados como Agentes Oficiales los que fueren empleados de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal”, el cargo político electivo -asumido por el titular de la Agencia N° 582- no contradice el régimen reglamentario vigente, ya que no se puede asimilar su rol como Presidente Municipal -con funciones por un período legal determinado, según la Ley de Municipios 10.027 modificada por Ley 10.082- con la figura del empleado público", dice el comunciado enviado a La Sexta.
Asimismo, desde el IAFAS recordaron que "la ley 9.755, que establece el marco de regulación del empleo público de la provincia de Entre Ríos. En su artículo 3° expresa: “quedan comprendidos en esta ley todos los trabajadores que en virtud de acto administrativo emanado de autoridad de nombramiento competente, presten servicios remunerados en el ámbito de la Administración Pública Provincial, centralizada o descentralizada, con excepción de las personas que desempeñen cargos electivos. Inc. A)”.
"Por lo mencionado, desde IAFAS se remarca categóricamente que el funcionamiento de la Agencia N° 582 es legal, como así también lo son las apuestas captadas por ese punto de venta, las que se encuentran realizadas dentro del reglamento, conforme a derecho", finalizaron.
Weihseim habló de su agencia
Este viernes por la mañana, el intendente fue consultado por la polémica por el programa Aire de Todos, que se emite por Radio LT14. donde confirmó que la agencia es de su pertenencia pero que ahora comenzará los trámites para transferirsela a su hija. "Yo soy titular, pero cuando gané las elecciones se la dejé a ella, que lo lleva adelante, sólo quedó en los papeles mi nombre por una cuestión burocrática, pero ya estamos haciendo todo para pasar la titularidad”, dijo.
Además, Weisheim aseguró que no tenía conocimiento de la resolución del 7 de junio de 2011, que prohíbe esta actividad a funcionarios del Estado nacional, provincial o municipal. “La verdad es que yo lo desconocía, no lo hice al cambio por una cuestión de burocracia, pero a raíz de esto ya se comunicó hoy para ver cómo comenzar con estos trámites, además lo que le corresponde a la agencia es para mi hija, que es la que se hace cargo del negocio desde que soy intendente”, expresó.













