La Justicia de Entre Ríos declaró a D.S.L. culpable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la situación de guarda. La víctima era una pequeña de su entorno familiar. La condena impuesta fue de ocho años de prisión. Estará en prisión hasta 2032.
La sentencia, firmada por el juez Gervasio Pablo Labriola, Vocal de Juicio y Apelaciones Nº 5, establece que L.es autor material y responsable del delito mencionado, en carácter de autor individual. La resolución está fecha el 22 de abril, pero recién quedó firme en mayo.
Según registró La Sexta, D.S.L., de 63 años, nació en La Paz, pero en la investigación fue detenido en su domicilio en la localidad de San Benito.
Como consecuencia de la condena, se dispuso la inhabilitación absoluta por el tiempo de la misma. Además, se ordenó la comunicación de la sentencia a diversas entidades y organismos administrativos, así como la práctica inmediata del cómputo de la pena y la correspondiente realización de los trámites judiciales pertinentes.
Esta condena representa un paso significativo en la lucha contra el abuso sexual y refuerza el compromiso de la justicia en proteger a las víctimas y garantizar el cumplimiento de la ley en casos de esta naturaleza.
REGLAS DE HEREDIA
Al tratarse un abuso intrafamiliar, se evita identificar al condenado para que la víctima no sea individualizada indirectamente, ocasionando un mal mayor con su revictimización. Así lo prevén las Reglas de Heredia, que promueven la protección de los derechos de intimidad y privacidad de las víctimas.













