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En mayo de 2017, el paceño Fabio Adrián Segovia mató de una puñalada en el tórax a su hermano Enzo, de 33 años. El hecho ocurrió tras una discusión en una humilde vivienda de Mulas Grandes, en el departamento Feliciano.

El homicida tenía por entonces 29 años. Un mes después del asesinato, fue condenado a 5 años de prisión efectiva por el delito de homicidio simple. La sentencia la dictó el juzgado de Garantías de Feliciano el 30 de junio de ese año. Antes de esa condena, ya pesaba sobre Segovia una de 3 años de condicional emitida por la Justicia de La Paz el 20 de marzo de 2015, por los delitos de amenazas reiteradas y hurto simple. 

Ahora, con 35 años, Segovia volvió a ser condenado en el marco de un juicio abreviado, donde aceptó cumplir 2 años y 6 meses de prisión efectiva por los delitos de amenazas calificadas, tenencia de arma de guerra, amenazas simples reiteradas, lesiones leves agravadas y desobediencia judicial. Fue alojado en la Unidad Penal N° 1 de Paraná.

Según la sentencia a la que accedió La Sexta, fechada el 7 de febrero de este año, Segovia reconoció dichos delitos ante el juez de Garantías de La Paz, Ramón Lell, quien homologó el acuerdo de cárcel que presentó la Fiscalía y la defensora oficial.

En el proceso, el imputado reconoció una serie de hechos delictivos. En primer lugar, admitió que el 28 de junio de 2022, alrededor de las 20, "se hizo presente en la finca habitada por el Sr. X, sita en Bº El Luchador, de esta ciudad de La Paz -lugar donde el mismo X tiene una despensa-, y ante la negativa de parte de éste de proporcionarle fiado, efectuó disparos con un arma de fuego tipo tumbera, con intención intimidatoria, en dirección a la finca antes referenciada".

En segundo lugar, reconoció que tenía en su poder un arma de fuego larga tipo tumbera, la cual fue secuestrada la día siguiente de la amenazas al kiosquero.

Admitió también que el 11 de agosto del año pasado, cerca de las 18,30, le manifestó a un hombre que le iba a prender fuego la casa, que le iba a tirar tiros y mataría a sus hijas.  En tanto, aceptó que el 8 de octubre de ese año, cerca de las 14, en la plazoleta ubicada lindante a la Escuela Nº 100 -Bº Milagrosa Norte de esta ciudad de La Paz- "le propinó a X (una mujer) un golpe de puño en su rostro, causándole eritema en pabellón auricular del lado izquierdo y hematoma en párpado inferior del lado derecho, en virtud de que la misma se negaba a dirigirse a acompañarlo a X a su domicilio".

Finalmente, admitió que en octubre del año pasado violó en dos oportunidades las medidas de restricción impuestas por la Justicia de La Paz, con el fin de proteger a una mujer que había sido amenazada por él.

Tras analizar las probazas del caso, el juez de La Paz consideró como elementos atenuantes que "el imputado acepte y reconozca su culpabilidad por los hechos atribuidos" y entendió como agravantes "los antecedentes penales condenatorios y asimismo se debe tener especialmente en cuenta el temor que les generaron a las víctimas las conductas vertidas y la repetición de las mismas en el caso de la Sra. X y X, coartando su autonomía de la voluntad, la afectación de la libertad en sentido psíquico y la afectación a los demás bienes jurídicos protegidos con las conductas desplegadas".

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