La Justicia de La Paz condenó a cuatro años y seis meses de prisión efectiva a un joven paceño que reconoció haber cometido los delitos de hurto simple, tenencia de arma de fuego de uso civil, robo agravado por el empleo de armas -en grado de tentativa- y estupro (delito de aprovecharse de la inmadurez sexual de una adolescente).
Según el fallo al que accedió La Sexta, el condenado es Gastón Ojeda, alias 'Lela', de 20 años. La sentencia fue emitida por el juez de Garantías de La Paz, Walter Carballo, quien homologó el acuerdo de juicio abreviado presentado por la fiscal auxiliar interina, María Constanza Bessa, por la Defensa Oficial del imputado, a cargo de Martín Millán, y por el Ministerio Pupilar Penal, representado por Fernando Báez. La resolución fue fechada el 3 de agosto y dada a conocer ante la consulta de La Sexta.
En el proceso, Ojeda reconoció haber cometido cuatro delitos y fue enviado a la Unidad Penitenciaria N° 9, Granja 'El Potrero, en Gualeguaychú. El primer hecho que admitió dice que el 9 de febrero de 2020 "entre las 1 y las 9:30 aproximadamente, ingresó por una puerta ventana abierta, al inmueble sito en España 2034 de La Paz (E.R.), y se apoderó de un teclado marca Yamaha color negro sin cargador; una caja de herramientas de plástico negra la cual tenía gran cantidad de herramientas chicas; un ventilador color negro marca Liliana; una notebok marca HP color blanca sin batería; un equipo musical chico marca Sanyo con dos parlantes, con funciones para PC; una camiseta de Boca Juniors; una camisa a rayas azul, y una mochila negra con detalles en color azul".
El segundo hecho que aceptó dice que el 8 de septiembre de 2020, en el marco de un allanamiento en una vivienda del barrio Los Toldos se constató que "tenía en su poder, sin la debida autorización legal, un arma de fuego tipo revolver calibre .22, marca VDMR, serie N° 13494, conteniendo en su tambor cuatro cartuchos calibre .22, percutados".
En tercer lugar, admitió que el 25 de marzo de este año intentó robarle el celular a una persona cerca de la intersección de calles Obligado y Belgrano, utilizando "un cuchillo con intención intimidatoria". "El robo se vio frustrado, al propinarle Maidana (NdelaR: la víctima) dos golpes de puño a Ojeda, concurriendo inmediatamente al lugar en auxilio de éste sus vecinos LH, HR y su hermana NM, dándose en ese momento a la fuga Gastón Ojeda", señala la imputación, según registró La Sexta.
Por último, reconoció que el 8 de mayo de este año entre las 4 y las 5 de la madrugada, saltó el porton de una vivienda "y una vez dentro sorprendió a XXX (se preserva su identidad), de 14 años de edad, la alzó y la trasladó hasta un pasillo dentro de la misma vivienda, donde aprovechándose de su inmadurez sexual la accedió carnalmente por vía oral".
Al respecto de este ultimo hecho, la Fiscalía explicó en el acuerdo de abreviado que si bien al comienzo de la investigación se le imputó a Ojeda el delito de abuso sexual con acceso carnal, "luego de las manifestaciones vertidas por la propia víctima del hecho, y la contradicción surgida entre la misma y los dichos de la denunciante, el objeto de investigación fue reformulado, imputándosele finalmente al Sr. Ojeda el delito de estupro".
RESOLUCIÓN
Al resolver, el juez de Garantías coincidió con la valoración de la prueba presentada por la Fiscalía, la defensa oficial y el Ministerio Pupilar. En cuanto a los elementos atenuantes en el procedimiento de juicio abreviado, valoró que el imputado aceptó y reconoció "su culpabilidad por los hechos atribuidos, la carencia de antecedentes penales según el Informe del Registro Nacional de Reincidencia del acusado".
En tanto, señaló que "en el presente caso, las agravantes no se valoran, pero considero que la naturaleza de las acciones y el peligro causado y la conducta precedente del sujeto y su carácter de autor en todos ellos, hacen que no se aplique el mínimo del concurso".
Finalmente, concluyó que la pena estimada por las partes de cuatro años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo "se considera razonable, ajustada a derecho y proporcionada" y agregó que el acuerdo como la pena acordada, "fue puesto en conocimiento de la víctima, no habiendo expresado objeciones al respecto, debiendo en el presente caso, requerir opinión de la víctima respecto si quiere ser avisada, en caso que el condenado esté en condiciones de gozar de salidas de la Unidad Penitenciaria N°9, Granja 'El Potrero'".













