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La Justicia declaró a un ciudadano de 37 años, oriundo de Santa Elena, autor material y penalmente responsable por el delito de infracción al artículo 301 bis del Código Penal Argentino -juegos de azar ilegales- y lo condenó a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional. La sentencia recayó sobre Luis Daniel Acuña.

El caso reviste importancia en virtud de que se trata del primer condenado por el delito penal de ofrecer juego ilegal en la provincia de Entre Ríos. La sentencia fue firmada el 18 de agosto de 2026 por el Juez de Garantías y Transición de La Paz, Ramón Lell.

En los argumentos se detalla que el condenado organizó y explotó un sistema de captación de apuestas de “casinos online”, con la colaboración de una persona que operaba como ‘cajera’ de dichas apuestas, sin contar con las autorizaciones exigidas para la realización de tales actividades.

La denuncia que originó este caso fue presentada por el cuerpo legal de IAFAS, autoridad de aplicación en materia de explotación de juegos de azar en la provincia, basada en una publicación periodística difundida por el portal digital local llamado “La Departamental Noticias”, donde el propio imputado brindó una extensa entrevista describiendo espontáneamente el funcionamiento de la actividad que desarrollaba.

La sentencia destaca: “Resulta particularmente relevante que el propio imputado describiera la estructura de funcionamiento de la organización, precisando que la gestión de cobros era realizada por terceras personas, quienes actuaban como “cajeros” o “cajeras”, constituyendo el nexo entre los apostadores y las plataformas digitales donde finalmente se desarrollaban los juegos de azar. De este modo, no sólo reconoció su intervención en la actividad investigada, sino que además explicó el rol que cumplían las distintas personas que integraban dicha estructura, evidenciando la existencia de una organización previamente diseñada para la explotación sistemática del juego clandestino”.

El fallo aclara que las manifestaciones efectuadas por el condenado fueron corroboradas mediante diversas medidas de investigación e, inclusive, un allanamiento en su domicilio.

Para finalizar, cabe destacar que el artículo 301 bis del Código Penal Argentino condena con penas de 3 a 6 años de prisión al que “explotare, administrare, operare o de cualquier manera organizare, por sí o a través de terceros, cualquier modalidad o sistema de captación de juegos de azar sin contar con la autorización pertinente emanada de la autoridad jurisdiccional competente”.

UNA ENTREVISTA Y LA INVESTIGACIÓNIMG 20260908 WA0008

En cuanto a la materialidad del hecho investigado, la fiscalía señaló que "la misma se encuentra plenamente acreditada a partir de las evidencias reunidas durante la investigación penal preparatoria, las cuales, analizadas de manera conjunta y armónica, permiten concluir con el grado de certeza exigido para el dictado de una sentencia condenatoria que Luis Daniel Acuña organizó y explotó una estructura destinada a la captación de apuestas vinculadas a plataformas de casinos virtuales, actividad que desarrolló sin contar con autorización alguna otorgada por la autoridad competente".

Y agregó: "En primer término, adquiere especial relevancia la denuncia presentada por los Dres. Fernando C. Ballesteros y Martín T. Balzarini, en representación del Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (IAFAS), autoridad de aplicación en materia de explotación de juegos de azar en la Provincia de Entre Ríos. Dicha denuncia tuvo origen en una publicación periodística difundida por el portal digital "La Departamental Noticias", donde el propio imputado brindó una extensa entrevista describiendo espontáneamente el funcionamiento de la actividad que desarrollaba".

"Lejos de limitarse a realizar manifestaciones genéricas, Acuña explicó con detalle la modalidad operativa implementada. Manifestó que había comenzado desempeñándose como "cajero" de casinos virtuales, pero que posteriormente decidió independizarse y desarrollar una red propia de comercialización de créditos para apuestas, indicando expresamente que contaba con más de trescientos usuarios distribuidos entre las ciudades de Santa Elena y La Paz", subrayó la Fiscalía en otro tramo.

En ese sentido, se destacó que en la entrevista periodística, Acuña relató que la operatoria funcionaba durante las veinticuatro horas del día, los siete días de la semana, mediante comunicaciones realizadas por WhatsApp, desde donde los interesados adquirían créditos para luego utilizarlos en distintas plataformas de casino online.


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MelisaRomeroContadora

 ElRecicladorToner


                                                                   

                             

                                                                      

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