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La organización del Triatlón Internacional de La Paz comunicó este miércoles que exigirá el pase sanitario a quienes quieran participar de la 37º competición el próximo 14 y 15 de enero. La decisión va en línea con la meidda que regirá en toda la provincia desde el 3 de enero.

"Como es de público conocimiento el 3 de enero 2022 comienza a regir el pase sanitario en nuestra provincia. Considerando que el Triatlón de La Paz es uno de los más convocantes de la región y el país, es que nos vemos comprometidos a solicitar el mismo como cumplimiento obligatorio para todas las personas que participen de nuestro evento", señalaron, según registró La Sexta.
 
En esa línea, recordaron que "el pase sanitario es para toda persona que haya cumplido los 13 años de edad y que posea el esquema de vacunación completo contra el Covid-19".
 
La forma de acreditación de las dosis aplicadas podrá ser través de:
1- Soporte digital oficial (aplicaciones “Cuidar” y/o “Mi Argentina”)
2- Certificado de vacunación contra el Covid-19 en soporte papel
 
DISPOSICIÓN DEL GOBIERNO

Cabe recordar que a través del decreto N°4078 el gobernador Gustavo Bordet adhirió a la decisión administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 1198/2, disponiendo la aplicación del pase sanitario en el ámbito de todo el territorio provincial, bajo las siguientes condiciones:

a) Toda persona que haya cumplido los 13 años de edad y que asista a las actividades definidas como actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario enumeradas en el anexo, o las que en el futuro se establezcan, deberá acreditar, a partir del 1° de enero de 2022, su identidad y que posee un esquema de vacunación completo contra el Covid-19, aplicado al menos 14 días antes de la asistencia a la actividad o evento, exhibiéndolo ante el requerimiento de personal público o privado designado para su constatación, y al momento previo de acceder a la entrada del evento o actividad.

b) La forma de acreditación de las dosis aplicadas podrá ser través de:

1- Soporte digital oficial (aplicaciones “Cuidar” y/o “Mi Argentina”)

2- Certificado de vacunación contra el Covid-19 en soporte papel.

c) Los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento de lo establecido en la presente medida y sus normas complementarias, se dispondrán de manera conjunta entre autoridades nacionales, provinciales y municipales, cada una en el ámbito de sus competencias.

d) En caso de constatarse la existencia de infracción a lo establecido en la presente medida o a otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria, se procederá a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente.

En el artículo 2° se dispone la vigencia del presente decreto a partir de su publicación en el Boletín Oficial que se concretará el 3 de enero venidero.

En cuanto a las actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario se señalan:

a. Los viajes grupales de egresados y egresadas, de estudiantes, jubilados y jubiladas, o similares.

b. Las actividades en discotecas, locales bailables o similares que se realicen en espacios cerrados.

c. Las actividades en salones de fiestas para bailes, bailes o similares que se realicen en espacios cerrados.

d. Eventos masivos organizados de más de 1.000 personas que se realicen en espacios abiertos, cerrados o al aire libre.



                                                                                                                            

                                                                                           

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