La Municipalidad de Piedras Blancas informó este sábado su "adhesión obligatoria al Decreto de Necesidad y Urgencia 334/21 del Poder Ejecutivo Nacional y sus modificatorias, el cual fue adherido en su totalidad por el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos"; con vigencia desde la hora cero del sábado 22/05 al domingo 30/05 inclusive, y los días 5 y 6 de junio de 2021.
En diálogo con La Sexta, el intendente Fabricio "Gino" Mesquida destacó que en Piedras Blancas "habrá delivery hasta las 23" mientras que "farmacias y expendio de combustible pueden trabajar después de las 18, hasta su horario habitual". "Y los demás esenciales, hasta las 18, que es cuando se corta la circulación", aclaró.
TODAS LAS NUEVAS MEDIDAS
-Suspensión de la presencialidad en las actividades económicas, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales.
-Deberán permanecer en sus domicilios y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y otros artículos de necesidad en los comercios esenciales.
-Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular. (6 a 18 hs) sin permanencia en los mísmos.
-En ningún caso se podrán realizar reuniones de personas (familiares, sociales), ni concentraciones, ni prácticas recreativas ni deportivas grupales, etc, aunque se realicen al aire libre.
-La restricción de circulación nocturna establecida regirá desde las 18 horas hasta las 6 horas del día siguiente.
-Los comercios gastronómicos sólo podrán funcionar mediante delivery hasta las 23 horas.
-El horario comercial (despensas, minimercados, kioscos, carnicerías, panaderías, etc) será dentro de la franja horaria de circulación (de 6 a 18 hs) exceptuando farmacias, y expendio de combustibles.
-Deberán cerrar sus puertas las tiendas, librerías, jugueterías, quinielas, etc ya que no se enmarcan dentro de los comercios esenciales; si podrán funcionar mediante delivery en el horario ya establecido (de 6 a 18 hs).
-Se restringe el transporte público sólo para uso y traslado de personal esencial (Certificado Único de Circulación).
-Deberán contar con permisos y/o certificados aquellas personas que deban transitar en la franja horaria restringida, emitido por el empleador para corroborar su presencia en la vía pública, enmarcadas en las actividades económicas exceptuadas.
-El control y cumplimiento será implementado por la Policía local.
-Se recuerda que continúa siendo obligatorio el uso del tapabocas, como así también respetar el distanciamiento social preventivo.